Pasaporte
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Menores de edad
1.Copia original del Folio del Registro civil expedida por la Notaria donde se efectuó la inscripción del
nacimiento, que contenga nombre, nacionalidad y número del documento de identidad de los padres.
Es importante verificar que los datos que contiene el registro estén correctos y no presenten enmendaduras.
2.Todo menor de 7 años deberá estar acompañado de uno de los padres o del representante legal, quien
debe adjuntar copia del documento que acredite esa calidad. Cuando los padres o representante legal se
encuentren en lugar diferente a aquel donde se localice el menor, otorgará autorización escrita a otra
persona debidamente autenticada ante Notario o Cónsul, en este último caso, la firma tendrá que
reconocerla el Área de legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicada en la
transversal 17A No. 98-55 en Bogotá
3.No se incluye a los menores en el pasaporte de los padres. Toda persona o menor, debe viajar con su
propio pasaporte.
4.Responder el formulario de solicitud que será diligenciado en la ventanilla de información, por el funcionario.
Para tener en cuenta
No olvide que...
El pasaporte es el documento de viaje que identifica a los colombianos en el exterior. Tiene una vigencia de
diez años contados a partir de la fecha de su expedición. El pasaporte no se revalida y sólo se reemplaza
por uno nuevo.
Para obtenerlo, debe presentarse personalmente en las oficinas, para que firme e imprima su huella dactilar.
Los menores de edad también deben estar presentes. El pasaporte sólo se puede tramitar personalmente.
Allí no funcionan los intermediarios.