Pasaporte - Menores de edad
     1.Copia original del Folio del Registro civil expedida por la Notaria donde se efectuó la  inscripción del 
     nacimiento, que contenga nombre, nacionalidad y número del documento de identidad de los padres. 
    Es importante verificar que los datos que contiene el registro estén correctos y no presenten enmendaduras. 

     2.Todo menor de 7 años deberá estar acompañado de uno de los padres o del representante legal, quien 
     debe adjuntar copia del documento que acredite esa calidad. Cuando los padres o representante legal se 
     encuentren en lugar diferente a aquel donde se localice el menor, otorgará autorización escrita a otra
     persona debidamente autenticada ante Notario o Cónsul, en este último caso, la firma tendrá que 
     reconocerla el Área de legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicada en la 
     transversal 17A No. 98-55 en Bogotá 

    3.No se incluye a los  menores en el pasaporte de los padres. Toda persona o menor, debe viajar con su 
    propio pasaporte. 

   4.Responder el formulario de solicitud que será diligenciado en la ventanilla de información, por el funcionario. 

   Para tener en cuenta
   No olvide que...

   El pasaporte es el documento de viaje que identifica a los colombianos en el exterior. Tiene una vigencia de 
   diez años contados a partir de la fecha de su expedición. El pasaporte no se revalida y sólo se reemplaza 
   por uno nuevo.

   Para obtenerlo, debe presentarse personalmente en las oficinas, para que firme e imprima su huella dactilar.

   Los menores de edad también deben estar presentes. El pasaporte sólo se puede tramitar personalmente. 
   Allí no funcionan los intermediarios.