Pasaporte - Libreta de tripulante terrestre
La Libreta de Tripulante Terrestre es un documento individual, uniforme, expedido por las autoridades migratorias de los países miembros del Pacto Andino, a solicitud de los transportadores autorizados para el tránsito internacional de la tripulación que acompaña al vehículo en el transporte internacional por carretera.
Esta libreta es expedida en Bogotá por el Ministerio de Relaciones Exteriores -División de
Pasaportes- (Calle 100 No 17A-25), y además por las Gobernaciones de Antioquia, Atlántico, Norte de Santander y Valle del Cauca. Y en el exterior
por los cónsules de Colombia remunerados y establecidos en las capitales y la
zona de fronteras de los países miembros del Pacto Andino.
Es expedida a los colombianos transportistas y a los extranjeros con visa de
residente que la soliciten y cumplan los requisitos establecidos por la ley.
Tiene vigencia de (5) cinco años, inicialmente su validez es de (12) meses, pero puede ser renovada anualmente en cuatro oportunidades.
Observaciones
Si el tripulante se retira de la Empresa que requirió la expedición, deberá
devolverla para su anulación. La empresa deberá comunicar tal hecho a la
dependencia que la emitió