Pasaporte - Libreta de tripulante terrestre

    La Libreta de Tripulante Terrestre es un documento individual, uniforme, expedido por las autoridades migratorias de los países miembros del Pacto Andino, a solicitud de los transportadores autorizados para el tránsito internacional de la tripulación que acompaña al vehículo en el transporte internacional por carretera.

    Esta libreta es expedida en Bogotá por el Ministerio de Relaciones Exteriores -División de Pasaportes- (Calle 100 No 17A-25), y además por las Gobernaciones de Antioquia, Atlántico, Norte de Santander y Valle del Cauca. Y en el exterior por los cónsules de Colombia remunerados y establecidos en las capitales y la zona de fronteras de los países miembros del Pacto Andino.

    Es expedida a los colombianos transportistas y a los extranjeros con visa de residente que la soliciten y cumplan los requisitos establecidos por la ley.

    Tiene vigencia de (5) cinco años, inicialmente su validez es de (12) meses, pero puede ser renovada anualmente en cuatro oportunidades.

    Observaciones

    Si el tripulante se retira de la Empresa que requirió la expedición, deberá devolverla para su anulación. La empresa deberá comunicar tal hecho a la dependencia que la emitió