Licencias
de
Conducir
-
Matrículas
-
Matrícula
inicial para vehículos particulares y
diplomáticos
Requisitos básicos:
- Autorización escrita del
concesionario, importador o propietario para realizar el trámite.
- Original del Formulario Único
Nacional (FUN) debidamente diligenciado.
- Fotocopia simple del pago de
impuestos del vehículo del año en curso (autoavalúo).
- Fotocopia simple del seguro
obligatorio vigente.
- Original o copia al carbón del pago
de derechos ($135.200 para vehículo) y ($71.200 para moto). El pago se efectúa
en los puntos de atención al usuario en Bogotá
- Si se trata de persona jurídica,
original o fotocopia del Certificado de Existencia y Representación Legal
(expedido por la Cámara de Comercio, Superintendencia Bancaria,
Superintendencia de Sociedades, Dancoop, Alcaldía o Resolución de entidad
pública u oficial), con vigencia no mayor a 90 días de expedido.
Requisitos adicionales:
Si el vehículo es de ensamblado
nacional:
- Original de la factura de compra del
vehículo con improntas adheridas y protegidas con sello seco.
- Original de la certificación
expedida por la ensambladora en donde conste además de los datos de
identificación del vehículo, el número de la declaración de importación,
fecha de presentación ante el banco y número de levante.
Si el vehículo es importado por un
importador extranjero:
- Original de la factura de compra del
vehículo con improntas adheridas y protegidas con sello seco.
- Original de la certificación
expedida por la ensambladora en donde conste además de los datos de
identificación del vehículo, el número de la declaración de importación,
fecha de presentación ante el banco y número de levante.
- A este documento lo suple el
Certificado individual de Aduanas, Empadronamiento o Declaración del Despacho
para Consumo.
Si el vehículo es importado por un
importador cuyo objeto no sea importar:
- Fotocopia autenticada en país de
origen de la factura de compra del vehículo con improntas adheridas.
- Fotocopia de la copia al carbón de
la Declaración de Importación, la cual debe tener la debida identificación
del vehículo, la fecha de presentación ante el banco y número de levante.
-
Si es un vehículo diplomático de
misión diplomática acreditada en Colombia:
- Autorización de venta para
vehículos diplomáticos otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Fotocopia del Certificado Individual
de Aduana o fotocopia de la copia al carbón de la Declaración de Importación.
Si es un vehículo diplomático
colombiano:
- Fotocopia del cupo de la cancillería
para el cual no es válido realizar venta sin registro de vehículo.
- Original o copia al carbón del
documento que acredite la procedencia del nuevo motor, especificando las
características, número de la placa grabado y adheridas las improntas.
Puntos de atención en Bogotá
Horario: 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
- Cedritos: Diagonal 147 No. 34-30,
local 31
- Niza: Avenida Suba No. 122-21
- Sur: Carrera 63 No 28-21 sur
- Centro: Carrera 13 No. 32-25, local
12
- Álamos: Diagonal 61 No. 89A-55
- Restrepo: Av. calle 19 No. 20A-03 sur